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En PIONER  podrás obtener los permisos de conducir de las clases: C1, C, CE, D, DE y autorización BTP.

DESCRIPCIÓN:

C1 Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos y no sobrepase los 7.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.

C1 + E Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto así formado no exceda de 12.000 kilogramos y que la masa máxima autorizada del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo tractor.

C Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.

C + E Conjuntos de vehículos acoplados, compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos.


D1 Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de asientos, incluido el del conductor, sea superior a nueve y no exceda de diecisiete. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.

D1 + E Conjunto de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos siempre que:

- Por una parte, la masa máxima autorizada del conjunto formado no exceda de 12.000 kilogramos y la masa máxima autorizada del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo tractor.

- Por otra, que el remolque no se utilice para el transporte de personas.

D Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de asientos, incluido el del conductor, sea superior a nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.

D + E Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos.

CONDICIONES PARA LA EXPEDICIÓN DE LOS PERMISOS DE CONDUCCIÓN:

  • El permiso de las clases C1, C, D1 y D sólo se expedirán a conductores que sean titulares de un permiso en vigor de la clase B
  • El permiso de las clases B+E, C1+E, C+E, D1+E y D+E sólo podrán expedirse a conductores que ya sean titularas de un permiso en vigor de las clases B, C1, C, D1, o D, respectivamente
  • El permiso de las clases B, B+E, C1, C1+E, D1, D1+E, D y D+E, no autoriza a conducir motocicletas de dos ruedas, con o sin sidecar.
  • Para conducir vehículos que realicen transporte escolar, turismos destinados al transporte público de viajeros y vehículos prioritarios cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve, será necesario tener una experiencia, durante al menos un año, en la conducción de vehículos a que autoriza el permiso ordinario de la clase B y superar las pruebas de control de conocimientos sobre mecánica y reglamentación aplicada a esta clase de vehículos, que se indican en el artículo 51.3 del Reglamento General de Conductores. (Autorización BTP). El año de antigüedad podrá ser sustituido por un certificado que acredite haber completado una formación específica teórica y práctica impartida por un centro de formación de conductores autorizado para ello y la superación de las pruebas de control de conocimientos y de aptitudes y comportamientos, que se indican en los artículos 51.3, 52.3 y 53.1 del mencionado Reglamento.
  • Los ciclomotores y los vehículos para personas con movilidad reducida (coches de minusválido), se podrán conducir con permiso de las clases A1, A y B o con la licencia de conducción correspondiente.

REQUISITOS:

EDAD:

- El permiso de las clases C1, C1+E, C y C+E. No obstante para obtener permiso de la clase C a los 18 años, será requisito imprescindible que el solicitante sea titular de un certificado de aptitud profesional. De no ser titular del mencionado certificado, el permiso de la clase C no se podrá obtener hasta los veintiún años cumplidos.

Veintiún años cumplidos para el permiso de las clases D1, D1+E, D y D+E.

OTROS REQUISITOS:

  • Tener la residencia normal en España o, de ser estudiante, demostrar la calidad de tal durante un período mínimo continuado de seis meses en territorio español, y haber cumplido la edad requerida.
  • No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención del que se posea
  • Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase de permiso que se solicite.

Ser declarado apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas, en relación con la clase del permiso solicitado.

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